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2023-05-16

El municipio de Marcos Juárez habilita el registro de oposición y observaciones para la obra de gas

 El municipio de Marcos Juárez habilita el registro de oposición y observaciones para la obra de gas mediante el Decreto 122, lo informó en la mañana de “Buen Día Ciudad”, la Dra. Vilma Sigaudo de Asuntos Legales Municipales.

Además, la letrada informó que es un requisito de la empresa ENARGAS   para comenzar con la ejecución de obra y si se diera que el 30% de los vecinos se opone “la obra no puede comenzar”, aseguró.

 

DECRETO  Nº 122

VISTO:

 

            La Ordenanza N° 3133, y su modificatoria N° 3135, que autorizan al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar a cabo las gestiones necesarias para ejecutar la obra “Red de Distribución Domiciliaria de Gas Natural e Instalaciones Complementarias en Barrios Anthony Vogt y María Dellarossa de Marcos Juárez”; y

 

 

CONSIDERANDO:

           

Que en su art. 14 –modificado por Ordenanza N° 3135–, habilita un registro de oposición;

Que el mismo artículo instruye al Departamento Ejecutivo a definir por Decreto la fecha de apertura y cierre del registro, horarios de atención, área municipal que recibirá y evaluará las oposiciones, así como demás condiciones a cumplir por los interesados”;

 

 

POR ELLO:

 

LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUÁREZ

 

DECRETA

 

Art.1) HABILÍTESE el REGISTRO DE OPOSICIÓN a la obra “Red de Distribución Domiciliaria de Gas Natural e Instalaciones Complementarias en Barrios Anthony Vogt y María Dellarossa de Marcos Juárez” –autorizada por Ordenanza N° 3133–, por el término de treinta (30) días corridos a partir de la apertura del mismo.

 

Art.2) El registro de oposición permanecerá abierto a partir del martes dieciséis de mayo (16/05/2023) a la hora 07:00, hasta el miércoles catorce de junio (14/06/2023) a la hora 14:00, inclusive.

 

Art.3) Quien desee oponerse a la ejecución de la obra deberá acreditar su identidad y su condición de propietario o poseedor del inmueble que será beneficiado por esta, presentando en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Marcos Juárez:

 

3.1.- Fotocopia de frente y dorso del documento de identidad de todos los que expresen su oposición.

3.2.- Para acreditar titularidad: a) copia de escritura del inmueble; o b) publicidad de matrícula emitida por el Registro de la Propiedad de Córdoba.

3.3.- Para acreditar posesión: a) copia de boleto de compraventa con firmas certificadas ante escribano público; b) copia de Decreto del Juez que admite la demanda de usucapión y copia de publicidad de matrícula emitida por el Registro de la Propiedad de Córdoba; o c) copia de auto de adjudicación del inmueble, pendiente de inscripción.

3.4.- Nota en la que fundamente la oposición, la que deberá contener: a) individualización clara del inmueble (dirección, nomenclatura catastral, número de cuenta y matrícula); b) identificación de los titulares o poseedores del inmueble, con nombre completo, número de documento y teléfono de contacto; y c) firma y aclaración de cada titular o poseedor.

 

Art.4) Desígnese a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas para recibir y evaluar las oposiciones presentadas. Vencido el plazo de oposición, esta deberá emitir dictamen final para cada barrio (Anthony Vogt y María Dellarossa), indicando:

 

4.1.- Cantidad de oposiciones presentadas, con identificación de los inmuebles, y sus titulares o poseedores;

4.2.- Cantidad de oposiciones desestimadas, con fundamento.

4.2.- Porcentaje de oposiciones válidas, en relación al total de lotes a beneficiarse con la nueva obra en el barrio respectivo.

4.3.- Detalle de causas presentadas por quienes manifestaron su oposición de manera válida.

4.4.- Resolución sobre desistimiento o autorización de la obra.

 

Art.5) Si las oposiciones fundadas superasen el treinta por ciento (30%) del total de los vecinos frentistas de la obra a ejecutar, la Municipalidad desistirá de la ejecución de la obra en uno o ambos barrios, según corresponda; en caso contrario, quedará automáticamente autorizada a disponer las medidas necesarias tendientes a la ejecución de la misma.

 

Art.6) Publíquese el presente en la página web y redes sociales de la Municipalidad, hasta el día 14/06/2023, y por tres (03) días hábiles continuos o discontinuos, en los medios de difusión locales: gráficos, radiales y televisivos.

 

Art.7) Comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

 

FIRMADO:

Cra. Sara E. MAJOREL – Intendente Municipal

Dra. Vilma N. SIGAUDO – Secretaria de As. Jurídicos y As. Letrada

Además, explicó que es un requisito de la empresa ENARGAS   para comenzar con la ejecución de obra y si se diera que el 30% de los vecinos se opone “la obra no puede comenzar”, aseguró.

 https://www.mmj.gob.ar/webmj/index.php/inicio/noticias/item/5353-decreto-n-122