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2024-10-24

La Dra. Melina Benedetti aborda la Subrogación de Vientre en Argentina

 En su columna habitual de los jueves en FM 103.1 Radio Ciudad, la Dra. Melina Benedetti (MP 13-335 CSJN T503 F287) trató un tema de gran relevancia y debate en la actualidad: la subrogación de vientre en Argentina. Durante su intervención, explicó los principales puntos legales y las complicaciones que enfrenta esta práctica en el país, dada la falta de un marco normativo claro.

¿Qué es la subrogación de vientre?

La subrogación de vientre es un acuerdo en el que una persona gestante lleva en su vientre a un bebé por encargo de otra persona o pareja. Este proceso, detalló Benedetti, suele formalizarse a través de un acuerdo legal en el que la gestante presta su cuerpo para la gestación del bebé, pero en Argentina enfrenta un vacío legal significativo.

Vacíos legales y seguridad jurídica

A pesar de que la subrogación de vientre es una práctica que se realiza en el país desde hace varios años, Benedetti señaló que "existe un vacío legal en la legislación argentina." Aclaró que, si bien se habían contemplado avances en la reforma del Código Civil, hasta la fecha no se ha implementado ninguna ley específica que regule esta práctica. Esto obliga a las personas involucradas a recurrir a presentaciones judiciales para lograr su cometido, ya que el Código Civil y Comercial dispone que la madre es quien da a luz al bebé, complicando el reconocimiento de la filiación de los padres intencionales.

El reciente fallo de la Corte Suprema

La abogada mencionó un reciente fallo de la Corte Suprema que trató un caso relacionado con la subrogación de vientre. En este caso, una pareja de dos hombres había acordado con una mujer gestante la concepción de su hijo y solicitaban que se excluyera a la madre biológica del acta de nacimiento para ser reconocidos como los únicos padres. "La Corte ratificó la decisión de la Cámara, negando el pedido y afirmando que es el legislador, y no el Poder Judicial, quien debe modificar la ley," explicó Benedetti.

Este es el primer pronunciamiento de la Corte sobre la subrogación de vientre, pero la abogada advirtió que hay fallos contradictorios en otras jurisdicciones, lo que genera inseguridad jurídica en el país. "En Mendoza, por ejemplo, se autorizó a una pareja de hombres a inscribir a su hijo a su nombre, pero en Córdoba, los tribunales rechazan este tipo de peticiones," agregó.

La importancia de una regulación clara

La Dra. Benedetti subrayó la necesidad urgente de que se regule esta práctica en Argentina, tal como sucede en otros países. "Hay lugares donde la subrogación está prohibida, otros donde se permite de manera altruista o incluso comercial, lo que genera una serie de dilemas éticos y legales", explicó. Sin embargo, en Argentina, al no estar específicamente prohibido, las personas pueden llevar a cabo acuerdos de subrogación, aunque deben protocolizarlos ante un escribano y, en la mayoría de los casos, presentar un recurso judicial para que el niño sea inscripto a nombre de los padres intencionales.

Diferencias con la adopción

Por último, Benedetti aclaró que la subrogación de vientre no debe confundirse con la adopción, ya que son procesos diferentes. "En la adopción, las parejas que no pueden tener hijos pueden optar por ese camino, aunque el proceso es largo y burocrático. Sin embargo, en muchos casos, las parejas recurren a la subrogación como una alternativa más rápida para tener un hijo biológico."

La intervención de la Dra. Benedetti destacó la complejidad de la subrogación de vientre en Argentina y la necesidad de legislar al respecto para garantizar tanto la seguridad jurídica de las partes involucradas como la protección de los derechos del menor.